El asalto a la soberanía local

El pasado 17 de octubre se aprobó en el Congreso la Ley de Sostenibilidad y Racionalización de la Administración Local, coloquialmente llamada “Ley Montoro”, por ser este Ministro el responsable de su promulgación. Con esta ley, que de entrada no se basa en ningún informe técnico conocido, el Gobierno manifiesta su intención de “acabar con las competencias impropias de los ayuntamientos al regular por primera vez y de forma precisa sus competencias propias”. La nueva ley podría tener un gran impacto sobre la vida en los pueblos, y sin embargo, muy poca gente conoce las graves amenazas que plantea sobre los servicios públicos y los bienes comunales de nuestro entorno rural, y menos aún, se ha dado un debate sereno sobre ella entre los pobladores rurales, que es a quienes, a fin de cuentas, afecta la norma.

A grandes rasgos los objetivos que pretende alcanzar la aplicación de dicha ley se resumen en los siguientes:

  • “La clarificación de las competencias municipales para evitar duplicidades con otras administraciones”.

  • “Racionalizar la estructura organizativa de la Administración local de acuerdo a criterios de eficiencia y equilibrio presupuestario”, potenciando el papel de las Diputaciones Provinciales y las CCAA.

  • “Garantizar un control financiero y presupuestario más riguroso de los ayuntamientos y cumplimiento de la estabilidad presupuestaria”

  • “Favorecer la actividad económica local con medidas liberalizadoras”.

A dichos objetivos, el Gobierno suma el ahorro de 8.024 millones de euros que supondrá la puesta en marcha de la ley para las arcas públicas durante el periodo 2013-2019. Sin embargo, el Gobierno no ha facilitado las cuentas que le han llevado a esta cifra, y es de suponer que el ahorro será mucho menor, ya que muchos cargos políticos del ámbito rural no cobran.

Las reacciones en contra de las medidas planteadas en dicho texto no se han hecho esperar y, desde la misma Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), así como desde los partidos políticos, incluido el propio Partido Popular, se han alzado voces discrepantes en contra, entre otras medidas, de la reducción de concejales o de la reducción y reordenación del personal eventual de los ayuntamientos no pudiendo exceder un número determinado en función de la población.

Pero sin duda, el caballo de batalla de esta ley gira en torno al traspaso de competencias hacia las CCAA y las Diputaciones (organismos cuyos representantes, por cierto, no son elegidos directamente por los ciudadanos), en temas como la Educación, Sanidad y Servicios Sociales al pasar a considerarse competencias impropias de los ayuntamientos. Esto supone una importante pérdida de recursos de los pequeños Ayuntamientos, ya que pretende concentrar los servicios públicos en poblaciones de más de 20.000 habitantes y, por defecto, en las Diputaciones Provinciales._

La reforma respira tutelaje de una administración sobre otra, ignorando las competencias autonómicas sobre el régimen local y despreciando a los Ayuntamientos como parte del Estado en pie de igualdad con las demás administraciones. La obsesión de la sostenibilidad financiera recorre todos los aspectos normativos de dicha reforma. Habla de racionalizar la estructura organizativa, pero en realidad se refiere a privatizar servicios y entes instrumentales, y reconoce como uno de los objetivos el favorecer la iniciativa económica privada, evitando intervenciones administrativas desproporcionadas. Aquí reside la clave de bóveda de esta contrarreforma: debilitamiento de la democracia local a través de la reducción de sus competencias; anteposición de los principios financieros neoliberales sobre cualesquiera otra consideración en la gestión económica municipal; intervención y fortalecimiento de una entidad decimonónica, asociada al clientelismo y la falta de transparencia y control democrático, como son las Diputaciones Provinciales; y privatización de los servicios públicos por esta en los municipios que pierdan la titularidad de sus competencias.

Uno de los puntos claves de esta ley es la prestación de servicios sociales. Según la redacción del texto de Ley de Bases de Régimen Local que data de 1.985, figura como una competencia municipal la “prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social”; con la nueva “Ley Montoro” el texto queda redactado de la siguiente forma: “Evaluación e información, de situaciones de necesidad social, y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social”. Es decir, a partir de ahora temas vitales para la ciudadanía como la Educación, Sanidad o los Servicios Sociales pasarán de considerarse un principio fundamental de atención a los ciudadanos a un principio rector exclusivamente economicista, reduciendo el papel de las administraciones locales, que hasta ahora corrían con la responsabilidad de la aplicación efectiva en sus territorios, a meros evaluadores e informadores de la situación de necesidad en estos temas.

Este cambio de consideración provocará que competencias desarrolladas por los ayuntamientos a lo largo de tres décadas, como sobre todo la ayuda a domicilio (que situará en riesgo de desempleo a cerca de 2.000 personas, principalmente mujeres, y afectará gravemente a una masa de población de más de 7 millones de personas que cuentan y dependen de estos Servicios Sociales), la promoción comunitaria, el apoyo psicosocial para la integración social, la educación social para la mejora de la convivencia familiar o las pequeñas residencias para mayores o atención a discapacitados, pasen ahora a manos de organismos como las CCAA, que a día de hoy se encuentran fuertemente endeudados y no tienen presupuesto para hacer frente a estas nuevas competencias. A esto hay que añadir que las CCAA no estarán obligadas a mantener todos estos servicios ya que la ley les concede un resquicio para que establezcan los que estimen necesarios para racionalizar el servicio, con lo que pueden desprenderse de parte de ellos. Así pues, ¿cuál va a ser el destino de un número indeterminado de guarderías, albergues, centros de mayores, centros de dependientes, y demás instituciones creadas y mantenidas en buena parte por los ayuntamientos y que son tan necesarias en el entorno de crisis económica en que nos encontramos sumidos?…. Se antoja muy oscuro.

La ley, por tanto, supone la sustitución del modelo de garantía de acceso a los Servicios Sociales a través de lo público por otro basado en la beneficencia y la caridad con la merma que conllevará en cuanto a cohesión social. Es de lógica, la ley exclusivamente pretende el ahorro, y la única forma de ahorro es vía recortes y eliminando prestaciones; se abre una senda de falta de asistencia a los ciudadanos y a su vez una puerta a la privatización de los servicios, alejando a su vez la generación de empleo de los pueblos y encareciendo los precios. Por otro lado, se facilita aún más en España (país que en la década de los 80’s ratificó la Carta Europea de la Autonomía Local que refleja en su texto principios totalmente opuestos a los que recoge esta ley); la corrupción entre empresas y partidos gobernantes.

El otro punto clave de esta ley, si bien este no afecta a todos los territorios del Estado por igual, es el control de la gestión de los bienes comunales que en todo el Estado ascienden a 3,5 millones de hectáreas aproximadamente (un 8% de la superficie estatal total). En este aspecto, una vez más se favorece de manera descarada la iniciativa privada, otorgando potestad a las administraciones para su venta, evitando intervenciones administrativas y poniendo al servicio del capital privado recursos como bosques, agua, montes, etc… en lo que se ha definido desde varias fuentes como una “desamortización encubierta”.

En la actualidad los bienes comunales ancestrales que siguen vigentes en nuestra localidad, según la información de la que hay constancia, son:

  • Los “Pozos del Concejo” (la propiedad comunal afecta a unos pocos metros cuadrados alrededor del pozo).

  • Las veredas, como la de Quintanar, que llega a Criptana paralela a la carretera del Puente de San Benito, pero con terrenos comunales muy interesantes, algunos ocupados por las instalaciones de MOVIALSA.

Así mismo, también constan como bienes de propiedad municipal:

  • Parcelas rústicas: aprox. 50-60 hac de reciente adquisición (la mayoría en los años noventa).

  • Parcelas urbanas: ligadas a dotaciones públicas que han ido cediéndose al ayuntamiento a los largo de los distintos planes de ensanche urbano y de las que algunas ya han sido enajenadas.

Pero más allá de aspectos económicos y de conservación, la eliminación de los bienes comunales presentaría una relevancia histórica, al enterrar los restos del modelo de gestión previo al liberalismo, basado en la Comunidad, y que hoy se mantiene en muchas Entidades Locales Menores. Ni siquiera las desamortizaciones del siglo XIX consiguieron acabar con los concejos, como estructura horizontal y asamblearia de gestión de lo común, más allá del Estado.

Las principales federaciones de entidades locales menores del Estado firmaban en Álava el pasado 3 de octubre el Manifiesto de Elorriaga, que reivindica el mantenimiento del carácter de entidad local y su personalidad jurídica, competencias y patrimonio. Con esta ley se verán afectadas unas 3.700 entidades como pedanías, juntas vecinales y demás; amén de más de un millar de Mancomunidades y consorcios municipales.

Argumentan dichas federaciones que “las entidades locales menores (juntas vecinales, concejos, parroquias…) juegan un papel fundamental en el asentamiento de la población siendo el nivel de gobierno más cercano a la ciudadanía”. Y a su vez resaltan que “los cambios sustanciales en cuanto a Mancomunidades y entidades locales suponen un 1% del ahorro total previsto por el Gobierno; 72,8 millones, poco más de lo que cuesta el mantenimiento anual de la familia real”.

A modo de conclusión, es lícito resaltar que durante todos estos años se han creado diversidad de entes públicos que en muchos casos han servido para establecer una red clientelar de los partidos políticos que han ostentado el poder y como medio para colocar a familiares, amigos y personas cercanas; por tanto una ley que intente regular estas circunstancias, de entrada podría ser positiva. Pero la nueva ley no hace sino abrir una nueva puerta por motivos expuestos anteriormente a la privatización, al traspaso estas competencias a las CC. AA., que al estar actualmente en bancarrota no van a poder asumir el coste de nuevas competencias, provocando supresión de servicios.

Esta ley, no sólo supone el riesgo de privatización de recursos públicos y comunales, sino que pretende quitar la autonomía de los pueblos. Quieren quitarnos la capacidad de decidir sobre lo que es nuestro, para costear la deuda de una administración autonómica y central que mantiene olvidados a los pueblos.

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